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Domingo 3 de noviembre de 2002
CONSULTA AL ABOGADO
Tengo un terreno rústico cuyos linderos no están bien determinados con uno de los vecinos, pues las señales que existían fueron destruidas con el transcurso del tiempo. ¿Qué puedo hacer para que legalmente se vuelva a determinar con precisión el límite del terreno y no tener problemas con el vecino?
Lo que corresponde en este caso, es asesorarse de un abogado con título legalmente expedido y que tenga establecido su despacho, a fin de promover diligencias de apeo y deslinde, las cuales tienen lugar siempre que no se hayan fijado los límites que separan un predio de otro, o que habiéndose hecho, haya motivo fundado para creer que no son exactos, ya porque naturalmente se hayan confundido, o porque se hubieren destruido las señales que los marcaban, (como el caso que usted plantea), o bien porque las señales estuvieren colocadas en lugar distinto del original.
Usted, como propietario del terreno, está legitimado para promover el apeo y deslinde de su terreno. Durante el procedimiento se citará a los colindantes para que presenten los documentos que amparen su propiedad y posesión, tales como escrituras, planos, pago de impuesto predial y demás, y podrán nombrar un perito para que los acompañe a la diligencia de deslinde, a la cual deberá asistir personalmente el juez y el secretario del juzgado.
El día de la diligencia, el juez demarcará los límites del terreno deslindado, otorgándole la posesión al interesado respecto del área que quede comprendida dentro de ellos.
Si alguno de los colindantes se opusiere, pero que no tenga escritura registrada, no se le admitirá su oposición, pero se reservará sus derechos para que los dilucide en forma legal.
Si el que se opone tiene título registrado, el juez oirá a los interesados para que se pongan de acuerdo. Si esto se lograre, se hará constar y se otorgará la posesión según su sentido. Si no se lograre el acuerdo, el juez respetará en la posesión a quien la disfrute y reservará los derechos de los interesados para que los hagan valer en el juicio correspondiente.
En los puntos deslindados se mandarán fijar las señales convenientes, que quedarán como límites legales, pudiendo los interesados cerrar o cercar su propiedad en todo o en parte.
LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Primera 1207, entre González y Abasolo
H. Matamoros, Tamaulipas.
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