INICIO Servicios Pregúntale al Abogado Ubicación
 
Menú Principal
Inicio
Notaría Pública 150
Servicios
Consulta al Abogado
Enlaces - Links
Ubicación
Contacto
Buscar
Contenido

miércoles, 08 de febrero de 2012

Inicio arrow Consulta al Abogado arrow Accidentes arrow Me rompieron un vidrio

Me rompieron un vidrio Imprimir E-Mail

Domingo 9 de diciembre de 2007.
CONSULTA AL ABOGADO

El hijo del vecino rompió un vidrio de mi casa cuando jugaba con la pelota.  Le pedí al vecino que se hiciera cargo de la reparación de los daños, pero me dijo que él no era el responsable.  ¿Qué puedo hacer si además el niño es menor de edad?

La ley establece que cuando un hecho cause daños y perjuicios a una persona y la ley imponga al autor de este hecho o una persona distinta, la obligación de reparar estos daños y perjuicios, entonces hay responsabilidad civil.

La ley también dispone que los que ejerzan la patria potestad o la tutela, tienen obligación de responder de los daños y perjuicios causados por los actos de los incapaces que están bajo su poder y su cuidado y que habiten con ellos.

En esas condiciones, si su vecino es el padre del menor de edad (incapaz) que le rompió el vidrio de su casa, si además dicho menor de edad está bajo el poder y cuidado de su padre y habita con él, entonces esa persona es la responsable y deberá de pagar la reparación de los daños causados en el vidrio de su casa.

Lo que procede es exigirle a su vecino que le pague los daños y en caso de no obtener resultados favorables, deberá de acudir a los servicios profesionales de un abogado a fin de que se entablen los procedimientos legales a que haya lugar con el propósito de obtener la reparación de los daños causados.

Es muy importante que se establezca jurídicamente la patria potestad, que además el menor está bajo su poder y que el menor habita con su padre, como elementos necesarios para la procedencia de la acción jurídica que se intente.

El abogado que al efecto contrate, deberá tener título legalmente expedido y contar con cédula profesional. Evite contratar personas que sin ser profesionales del derecho se ofrecen para arreglar asuntos legales, sin tener el conocimiento ni la preparación adecuada.

LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Quinta 1510, entre Bravo y Bustamante
H. Matamoros, Tamaulipas
E-mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla

 

 

 
< Anterior   Siguiente >
   
Páginas Más Leídas
Últimos Artículos Publicados
Pregúntale al Abogado

Terrenos Invadidos

 Ver artículos sobre
TERRENOS INVADIDOS: AQUI

 
Arriba
Lic. Jorge Luis Velarde Danache   -   Notario Público 150
Quinta No. 1510     Bravo y Bustamante    H. Matamoros, Tam. , México
Tel: (868) 812-2161 y 816-6263        Fax: (868) 812-2472       Email: jvelarde@notariojvelarde.com
Inicio
Desarollado por: unsitio.com 
  Visitas