INICIO Servicios Pregúntale al Abogado Ubicación
 
Menú Principal
Inicio
Notaría Pública 150
Servicios
Consulta al Abogado
Enlaces - Links
Ubicación
Contacto
Buscar
Contenido

miércoles, 08 de febrero de 2012

Inicio arrow Consulta al Abogado arrow Contratos arrow ¿Quién tiene que pagar por los daños causados por las lluvias?

¿Quién tiene que pagar por los daños causados por las lluvias? Imprimir E-Mail

Domingo 14 de diciembre de 2008.

CONSULTA AL ABOGADO

 

Me vendieron una casa, pero me la entregaron condaños de consideración debido a las lluvias. ¿Quién debe pagar las reparacionesocasionadas a la casa?

En las operaciones de compraventa, el vendedor estáobligado a conservar y custodiar el bien vendido entre tanto lo entregue.También está obligado a entregar el bien vendido en el estado en que se hallabaal perfeccionarse el contrato.

En razón de lo anterior, es preciso determinar elmomento en que se perfeccionó la compraventa, la cual existe desde que laspartes se han puesto de acuerdo en el precio y en el bien vendido, aunque lacasa no se haya entregado ni el precio se haya cubierto.

De esa manera, se tendrá que precisar si el dañosufrido en la casa fue antes o después de que se perfeccionó el contrato.

Si el daño se ocasiona por caso fortuito o fuerzamayor, el vendedor sufrirá la pérdida y será responsable de los daños causados,dando lugar a la rescisión del contrato y deberá devolver lo pagado.

Por caso fortuito debe entenderse todo acontecimientonatural, previsible o imprevisible, pero inevitable, por virtud del cual sepierde el bien o se imposibilita el cumplimiento de la obligación. Porfuerza mayor debe entenderse todo hecho previsible o imprevisible, peroinevitable, proveniente de uno o más terceros determinados o indeterminados,por virtud del cual se pierda el bien o se imposibilite el cumplimiento de laobligación.

Considerando las prescripciones legales anotadas,debe de concluirse que el vendedor está obligado a entregarle la casa en lascondiciones en que usted la compró, y que si la casa sufrió daños por casofortuito, debido a las lluvias que cayeron en el área, entonces usted puedeexigirle la rescisión del contrato de compraventa o que el vendedor se apliqueen hacer las reparaciones correspondientes.

Un abogado le apoyará para emprender las accioneslegales necesarias para exigir sus derechos.

LIC.JORGE LUIS VELARDEDANACHE

Quinta1510, entre Bravo y Bustamante

H.Matamoros, Tamaulipas.

Visita:www.notariojvelarde.com

E-mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla

 

 
< Anterior   Siguiente >
   
Páginas Más Leídas
Últimos Artículos Publicados
Pregúntale al Abogado

Herencias

 Ver artículos sobre
HERENCIAS: AQUI

 
Arriba
Lic. Jorge Luis Velarde Danache   -   Notario Público 150
Quinta No. 1510     Bravo y Bustamante    H. Matamoros, Tam. , México
Tel: (868) 812-2161 y 816-6263        Fax: (868) 812-2472       Email: jvelarde@notariojvelarde.com
Inicio
Desarollado por: unsitio.com 
  Visitas