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miércoles, 08 de febrero de 2012

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Me estan amenazando Imprimir E-Mail

Domingo 21 de marzo de 2004
CONSULTA AL ABOGADO

Me han enviado cobros de tarjeta de crédito a través de cartas amenazantes de un despacho de abogados.  ¿Qué procede si no hago lo que ellos me dicen?

El uso de las tarjetas de crédito se ha vuelto una cuestión muy común, sin embargo debe siempre revisarse cada uno de los documentos que se van a firmar, tales como el contrato de apertura de crédito con el banco y los pagarés (vouchers) que se firman en cada disposición.

Si por cualquier motivo usted no paga el saldo (balance) de la tarjeta de crédito o el pago mínimo que se especifica en el estado de cuenta, entonces se incurre en incumplimiento del contrato de apertura de crédito que ha celebrado con el banco.

Casi todos los bancos permiten que usted regularice sus pagos, pero en caso de que no lo haga, entonces el banco puede proceder a demandarlo a través de un juicio que se sigue ante un Juez de Primera Instancia del Estado, o a través de un Juez de Distrito.

El banco, a través de su abogado, deberá presentar la demanda correspondiente acompañando cada uno de los pagarés (vouchers) que usted firmó o anexando un estado de cuenta certificado por el contador del banco en que se precise cada una de las disposiciones del crédito que hizo con su tarjeta.  De ahí se sigue todo el proceso en forma de juicio en el cual usted deberá defenderse con la asesoría de un abogado.

Sin embargo, es frecuente que antes de emprender la demanda, el banco inicie gestiones extrajudiciales (fuera de juicio) a través despachos de abogados o de cobranza para reclamar los pagos, lo que hacen a través de cartas, telegramas o del teléfono, intimidando al deudor para que pague de inmediato y que si no se le embargarán bienes y además le expresan una serie de perjuicios para el caso de no atender el comunicado.

A este respecto, le recomiendo que no tome con mucha seriedad estos comunicados amenazantes ya que no se derivan de un proceso judicial, y que carecen de fuerza por sí mismos para embargar o tomar posesión de bienes.  Los que sí debe de tomar en cuenta y le recomiendo que se asesore de un abogado, son los citatorios, notificaciones o emplazamientos emitidos por los jueces, secretarios o actuarios de los juzgados competentes.

LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Primera 1207, entre González y Abasolo
H. Matamoros, Tamaulipas.
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Tel: (868) 812-2161 y 816-6263        Fax: (868) 812-2472       Email: jvelarde@notariojvelarde.com
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