INICIO Servicios Pregúntale al Abogado Ubicación
 
Menú Principal
Inicio
Notaría Pública 150
Servicios
Consulta al Abogado
Enlaces - Links
Ubicación
Contacto
Buscar
Contenido

miércoles, 08 de febrero de 2012

Inicio arrow Consulta al Abogado arrow Contratos arrow Ya pagué y no he recibido las escrituras

Ya pagué y no he recibido las escrituras Imprimir E-Mail

Domingo 14 de marzo de 2004
CONSULTA AL ABOGADO

Terminé de pagar el crédito de mi casa y las escrituras las tiene el banco.  ¿Qué debo hacer para que el banco me libere la hipoteca?

Generalmente cuando se adquiere una casa con crédito, también se constituye una hipoteca a favor de un banco, o que pudiera ser cualquier otro acreedor como el INFONAVIT, el FOVISSSTE, el CORETT, compañías hipotecarias, etcétera.

La hipoteca que al efecto se constituye garantiza el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato de crédito y, como en el caso que usted comenta, si ya terminó de pagar el crédito (la deuda), lo que corresponde es que el banco le extienda un recibo finiquito de que ya se encuentra totalmente pagado la totalidad del crédito y sus intereses y asimismo extienda una carta dirigida al Director del Registro Público de la Propiedad en la que se exprese tal circunstancia y además pida la cancelación de la inscripción de la hipoteca.  También deberá entregarle su escritura.  La carta deberá contener los datos de registro que corresponden tanto a la propiedad como a los de la hipoteca y deberá estar suscrita por apoderado del banco con las facultades necesarias para ese efecto y siempre ante notario público.  También puede otorgarse la cancelación de la hipoteca en escritura pública ante notario.  Una vez hecho lo anterior, deberá remitirse original y copia de la carta a la Oficina del Registro Público de la Propiedad y proceder a la cancelación de la hipoteca y si se desea, podrá solicitar además un certificado que arroje que el inmueble ya no tiene ese gravamen.

Es muy importante que se le entregue la carta de cancelación de hipoteca tan pronto como pague la totalidad del crédito y se mande al Registro Público para los efectos mencionados.  El dejar pasar el tiempo, se corre el riesgo que el banco pierda su documentación o que se borre la información de su sistema de cómputo, o también, que el banco se fusione o sea comprado por otro y no cuenten con las constancias correspondientes para cancelar la hipoteca ya pagada.

En caso de que el banco se niegue a extender la carta de cancelación de hipoteca, le sugiero que consulte a un abogado en su localidad para que lo demande ante juez competente.

LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Primera 1207, entre González y Abasolo
H. Matamoros, Tamaulipas
E-mail: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla

 

 

 
< Anterior   Siguiente >
   
Páginas Más Leídas
Últimos Artículos Publicados
Pregúntale al Abogado

Herencias

 Ver artículos sobre
HERENCIAS: AQUI

 
Arriba
Lic. Jorge Luis Velarde Danache   -   Notario Público 150
Quinta No. 1510     Bravo y Bustamante    H. Matamoros, Tam. , México
Tel: (868) 812-2161 y 816-6263        Fax: (868) 812-2472       Email: jvelarde@notariojvelarde.com
Inicio
Desarollado por: unsitio.com 
  Visitas