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Domingo 9 de diciembre de 2007.
CONSULTA AL ABOGADO
Una amiga compró un refrigerador a plazos en una mueblería y firmé como aval para que le aceptaran el crédito. ¿Qué puedo hacer si mi amiga no aparece y a mi me están exigiendo el pago?
El aval es un contrato accesorio mediante el cual una persona garantiza por otra, parcial o totalmente el pago de una obligación.
Es decir, que en caso de que el obligado principal (su amiga) no pague el crédito, deberá de pagar el avalista (usted). El aval es un contrato mercantil, muy parecido a la fianza, el cual es un contrato civil y se utiliza para garantizar el cumplimiento de obligaciones civiles, como el pago de la renta en un contrato de arrendamiento.
El acreedor, en este caso la mueblería, tiene el derecho de exigir a usted el pago del crédito no pagado por su amiga, y en caso de no obtenerlo, tendrá el derecho de demandar ante juez competente el pago de lo adeudado más los intereses y demás prestaciones respecto de las obligaciones que usted haya asumido como avalista.
Si usted termina pagando lo adeudado a la mueblería, le asiste el derecho de exigirle a su amiga el reembolso de lo que usted pagó, más los intereses, y en caso de que no le pague podrá demandarle ante juez competente el pago correspondiente.
Es importante saber que muchas instituciones que otorgan crédito, reportan al buró de crédito la falta de pago del deudor y también del avalista o del fiador, de tal suerte que su historial crediticio se podrá ver afectado a causa de omisiones de terceras personas.
Se puede concluir que “la firma” no se le puede dar a cualquier persona, pues si esa persona no paga, saldrá pagando usted.
Asesórese de un abogado con experiencia en este tipo de asuntos para que le defienda adecuadamente sus derechos ante los tribunales.
LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Quinta 1510, entre Bravo y Bustamante
H. Matamoros, Tamaulipas
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