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Domingo 8 de julio de 2007
CONSULTA AL ABOGADO
Un vecino me prestó cierta cantidad de dinero que me urgía y a fin de garantizarle el pago le entregué mi reloj. ¿Qué derechos tengo si he visto que usaba mi reloj durante todo el tiempo del crédito?
Usted celebró con su vecino un préstamo de cierta cantidad de dinero el cual se obligó a pagar en determinado tiempo, así también celebró un contrato accesorio mediante el cual usted entregó al acreedor su reloj para garantizar el cumplimiento de la obligación de pago, quedando obligado quien recibe el bien a devolverlo cuando se le pague la deuda. Este último contrato lo establece la ley bajo la denominación de prenda.
En estos casos, el acreedor, su vecino, está obligado por ley a conservar el bien empeñado como si fuere propio y responder por los deterioros y perjuicios que sufra por su culpa o negligencia y a restituir la prenda luego que estén pagados íntegramente la deuda, sus intereses, si se han estipulado, y los gastos de conservación del bien, si se han realizado.
Si el acreedor, su vecino, abusa del bien empeñado, usted puede exigir que el bien se deposite con tercera persona o le otorgue fianza para restituir el reloj en las condiciones en que lo recibió.
La ley establece que el acreedor abusa del bien empeñado, cuando usa de él sin estar autorizado por convenio, o cuando estándolo, lo deteriora o aplica a objeto diverso de aquél a que está destinado.
En razón de lo anterior, usted puede exigir que el reloj se deposite con tercera persona durante el plazo del crédito y además podrá exigir que el acreedor pague los daños que haya ocasionado al bien dado en garantía.
Obtenga la mejor asesoría y asistencia legal de un abogado que tenga debidamente establecido su despacho en su localidad y tenga su título expedido legalmente.
LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Quinta 1510, entre Bravo y Bustamante
H. Matamoros, Tamaulipas
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