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miércoles, 08 de febrero de 2012

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Pasos para formar un club social Imprimir E-Mail

Domingo 10 de junio de 2007.
CONSULTA AL ABOGADO

Un grupo de compañeros queremos reunirnos para realizar actividades deportivas, organizar torneos y adquirir las áreas de terreno necesarias para las prácticas del deporte.  ¿Cómo podemos darle un aspecto legal a nuestro propósito?

La ley establece que cuando varios individuos convinieren en reunirse, de manera que no sea enteramente transitoria, para realizar un fin común que no esté prohibido por la ley y que no tenga carácter preponderantemente económico, constituyen una asociación civil con patrimonio y personalidad jurídica propia.

En este caso, la suma de los socios conforma una persona distinta de cada uno de ellos y se conoce como persona moral, sujeta a derechos y obligaciones.

El poder supremo de las asociaciones reside en la asamblea general y los directivos tendrán las facultades que los estatutos sociales y las asambleas les concedan.

En ese orden de ideas, deberá de acudir ante un notario público para que ante su fe se otorgue la escritura constitutiva de la asociación.  La Secretaría de Relaciones Exteriores deberá conceder un permiso autorizando la utilización del nombre o denominación de la asociación, la que una vez constituida deberá inscribirse en el Registro Público de la Propiedad.

En los estatutos de la asociación se deberá establecer el nombre o denominación, el domicilio, la duración, el objeto para el que es constituida, la aportaciones que hagan los asociados, la forma en que se administrará y las demás que estimen los asociados constituyentes y que no contraríen las leyes vigentes.

En caso de disolución de la asociación, sus bienes se aplicarán conforme lo ordenen sus estatutos, y a falta o por disposición de los mismos, según lo decida la asamblea general.  En este caso la asamblea solo podrá atribuir a los asociados la parte del activo social que equivalga a sus aportaciones.  Los demás bienes se aplicarán a otra asociación o fundación de objeto similar a la que se disuelve o extingue.

El notario ante quien constituya la asociación le dará la asesoría restante que requieran usted y sus compañeros del deporte.

LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Quinta 1510, entre Bravo y Bustamante
H. Matamoros, Tamaulipas
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Lic. Jorge Luis Velarde Danache   -   Notario Público 150
Quinta No. 1510     Bravo y Bustamante    H. Matamoros, Tam. , México
Tel: (868) 812-2161 y 816-6263        Fax: (868) 812-2472       Email: jvelarde@notariojvelarde.com
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