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miércoles, 08 de febrero de 2012

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Quiero venderle un terreno para sus medicamentos Imprimir E-Mail

Domingo 30 de septiembre de 2007.
CONSULTA AL ABOGADO

He gastado mis ahorros en gastos médicos de mi madre, quien ha perdido la memoria.  ¿Qué puedo hacer para vender uno de sus terrenos si ella está discapacitada, y así continuar con sus tratamientos?

La persona que de alguna manera ha perdido sus facultades mentales está imposibilitada para disponer de su persona y de sus bienes y por tal motivo se le deberá nombrar un tutor a fin de que tenga su representación legal.

Con la asesoría de un abogado titulado y con experiencia en este tipo de asuntos, deberá presentarse una demanda ante juez competente con los documentos propios para este tipo de asuntos y acompañados de un diagnóstico y pronóstico de la enfermedad formulado por el médico que asista al incapacitado.

Con la demanda, el juez dispondrá el nombramiento de un tutor interino, designando en su orden al esposo o esposa, padre, madre, abuelos o hermanos del incapacitado y si no los hubiere, se nombrará persona  de reconocida honorabilidad.

El juez ordenará además que dos siquiatras examinen al incapacitado y emitan su opinión acerca de sus condiciones y citará a los parientes y cónyuge cuyos informes sean útiles para el caso.

El examen del incapacitado se hará en presencia del juez, del ministerio público así como de cualquier interesado.
Cumplidos los trámites legales el juez, si procede, declarará el estado de interdicción del incapacitado.

Con la declaración del estado de interdicción se deberá acudir nuevamente ante juez competente a fin de que se tramite la licencia judicial para la venta de bienes de incapacitados, en caso de que sean bienes raíces; alhajas y muebles preciosos; y acciones de compañías industriales y mercantiles, cuyo valor en conjunto exceda de tres mil pesos.

Una vez agotado este procedimiento se ordenará la venta de los bienes siempre que se justifique la absoluta necesidad o la evidente utilidad de ella y se haya expresado el motivo de la enajenación y el objeto a que ha de aplicarse el producto de la venta.

LIC. JORGE LUIS VELARDE DANACHE
Quinta 1510, entre Bravo y Bustamante
H. Matamoros, Tamaulipas
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Lic. Jorge Luis Velarde Danache   -   Notario Público 150
Quinta No. 1510     Bravo y Bustamante    H. Matamoros, Tam. , México
Tel: (868) 812-2161 y 816-6263        Fax: (868) 812-2472       Email: jvelarde@notariojvelarde.com
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